jueves, agosto 16, 2007

ACCION URGENTE AU-09

Libertad a Diego Arcos, preso de Conciencia


· Se teme sea ratificado por el Juez de Amparo, el Auto de Formal Prisión en contra de Diego Arcos.
· Diego Arcos es un Preso de Conciencia, su encarcelamiento es un castigo a las comunidades opositoras a la política de reordenamiento de tierras.


El pasado 21 de febrero fue dictado Auto de Formal Prisión en contra de Diego Arcos Meneses, indígena chol, catequista y promotor de salud acusado injustamente de homicidio calificado, debido al ataque armado sufrido por la comunidad Viejo Velasco el 13 de noviembre de 2006.

Desde las primeras actuaciones realizadas por la Fiscalía Regional Zona Selva, existen contradicciones entre los supuestos testigos de los hechos, e incluso falsificación de declaraciones que han servido como base para la acusación de Diego Arcos, con el objetivo de señalarlo como responsable de la masacre de Viejo Velasco. Las supuestas pruebas constituyen evidentemente una violación al principio de legitimidad de la prueba, por lo que deben negárseles todo valor probatorio.

Contra el Auto de Formal Prisión, este Centro de Derechos Humanos presentó demanda de Amparo, reclamando que dicho acto carece de toda motivación. Es decir, carece de todo razonamiento que garantice y permita comprobar que la autoridad judicial examinó cuidadosamente los medios de prueba que le fueron sometidos a su consideración para emitir un acto en determinado sentido, y que permita conocer las razones que el juez expresa para justificar aquello que ha dictado.

El Juez del Ramo Penal del Distrito Judicial de Catazajá, quien emitió el referido Auto Constitucional, únicamente transcribió las actuaciones existentes en la Averiguación Previa , soslayando que su labor es emitir los razonamientos debidos que permitan al afectado conocer la esencia de dichos razonamientos legales y de hecho en los que la autoridad se apoyó, a fin de que la persona esté en posibilidades de defenderse, alegar y de rendir prueba en contrario. En consecuencia, dicho Auto es violatorio del Debido Proceso en materia penal y de Garantías Judiciales, contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en nuestra Constitución Federal.

El 09 de julio pasado se llevó a cabo la Audiencia Constitucional dentro del Juicio de Amparo referido, cuyo número es el 1564/2007, por lo que estamos en espera de que el Lic. Martín Rangel Cervantes, Juez Segundo de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez, emita sentencia dentro de dicho juicio de garantías. Sin embargo la connotación política del caso, hace temer una sentencia que confirme el Auto de Formal Prisión combatido.


Antecedentes:

El 13 de noviembre de 2006 un grupo 300 personas, entre civiles armados pertenecientes a la comunidad de Nueva Palestina, en el municipio de Ocosingo, Chiapas, elementos de la Policía estatal y agentes de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, llevaron a cabo un ataque armado en contra de la comunidad de Viejo Velasco, vecina a Nueva Palestina, resultando en 6 ejecutados y a la fecha, dos desaparecidos. Los testimonios de los sobrevivientes y de testigos coinciden en tiempo y lugar con la información que el Estado Mexicano diera a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de acuerdo a las cuales la Policía del estado con agentes de la Fiscalía General , llevaron a cabo un “operativo policíaco”.

Los pobladores de Viejo Velasco, al igual que las comunidades de Nuevo Tila, Flor de Cacao, Ojo de Agua y San Jacinto Lacanhá en la misma región, se han opuesto a las políticas agrarias del gobierno que afectan sus tierras.

Tanto esas comunidades como sus organizaciones sociales y este Centro de Derechos Humanos consideramos que el ataque armado fue en represalia a su oposición de negociar en circunstancias desventajosas. No siendo suficiente, las investigaciones por la masacre han apuntado hacia los sobrevivientes de Viejo Velasco que hoy enfrentan órdenes de aprehensión y de Diego Arcos, líder de la comunidad de Nuevo Tila, a modo de un castigo ejemplar para el resto de las comunidades opositoras.

Por todo lo anterior este Centro de Derechos Humanos considera que Diego Arcos es un Preso de Conciencia y debe ser liberado. Solicitamos hacer llamamientos urgentes a las autoridades judiciales pidiendo:


· La emisión de una sentencia justa dentro del Juicio de Amparo 1564/2007 por parte del Juez Segundo de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez que subsane las violaciones cometidas en el Auto de Formal Prisión combatido y libere a Diego Arcos Meneses.

San Cristóbal de Las Casas, Chiapas a 16 de agosto de 2007
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Favor de enviar sus llamamientos a:

Felipe de Jesús Calderón Hinojosa
Presidente de la República
Residencia Oficial de los Pinos Casa Miguel Alemán
Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, DISTRITO FEDERAL, México
+52 (55) 27891100 +52 (55) 52772376
Correo-E: felipe.calderon@presidencia.gob.mx

Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia
Presidente del Consejo de la Judicatura Federal
Av. Insurgentes Sur 2417, Colonia San Ángel
C.P. 01000, México D.F.
Conmutador: + 52 (55) 56635007

Lic. J. Martín Rangel Cervantes
Juez Segundo de Distrito del Vigésimo Circuito
Palacio de Justicia Federal, Edificio B, Planta Alta
Boulevard Ángel Albino Corzo 2641
Col. Las Palmas, C.P. 29000
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: +52 (961) 6170207 ext. 1049
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FAVOR DE ENVIAR COPIA A:Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas A.C.Brasil No. 14 Barrio Mexicanos, CP. 29240,
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, MéxicoTelefax: +52 (967) 6783548, 6783551, 6787395, 6787396
Correo electrónico: medios@frayba.org.mx

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