Amalia Avendaño
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 25 de abril.- La construcción de un hotel ubicado en el centro histórico, violenta las disposiciones sobre monumentos históricos que están estipuladas en los reglamentos, programas y planes vigentes y por lo tanto van en detrimento del patrimonio histórico cultural de Chiapas.
El arquitecto Armando Moreschi López, perito del Instituto Nacional de Antropología e Historia, advirtió lo anterior al director del INAH en Chiapas, Emiliano Gallaga Murrieta quien autorizó las licencias avaladas por su personal, pero estas fueron dadas “con un claro desconocimiento de los reglamentos vigentes para la ciudad, que impulsó en años pasados y que ya ha sido aplicado".
Agregó que en dos ocasiones, se había negado la licencia “al proyecto presentado por Hoteles Flamboyant S.A. de C.V. (Hotel Holiday Inn) mediante oficio DEGM/CICH/SMH-SCLC/117/05/2009 de fecha 13 de mayo de 2009 y nuevamente mediante oficio DEGM/CICH/1242/11/10 de fecha 29 de noviembre de 2010; el 10 de diciembre de 2010 se les otorgó la licencia No 044/TGZ/2010, la cuál engañosamente autoriza “obra nueva en dos niveles” con una altura de 9.79 metros y 9.15 mts. cuando en realidad le autorizan 3 niveles sin contar el sótano”.
La obra había sido suspendida el 19 de octubre de 2010, pero el INAH al no concluirse el procedimiento administrativo, se dejó continuar sin siquiera retirar los sellos de suspensión “permitiendo que continúen con la demolición de todo el muro de adobe de la fachada”.
Moreschi, lamentó que esta “autorización, alteración y destrucción” de un inmuelble incluido en el catálogo nacional de monumentos históricos con la ficha núm. 070780010074, vol. VI, páginas 149-150 y ubicado en la calle 16 de septiembre número 24, “por desgracia sienta un precedente de violación de los reglamentos por parte de la dirección a su cargo, lo cuál va en detrimento del patrimonio histórico-cultural de Chiapas, así como un creciente y lamentable deterioro de la imagen del INAH”.
El especialista especifíca que la irregularidad radica en que los niveles autorizados (tres y no dos como dice el texto de la licencia) así como la altura máxima (9.79 mts.) rebasan la alturas permitidas en el reglamento vigente el cuál dice claramente en su artículo 28 que “en edificaciones de nueva construcción, en donde se permitan 2 niveles, la altura máxima del paramento exterior será de 5.40 mts.” La altura del inmueble histórico y de los colindantes es de 7.22 metros, la cuál es rebasada por más de 2.50 mts. de la nueva construcción autorizada.
“De igual forma la licencia violenta los artículos 65 “La altura de los edificios patrimoniales no podrá modificarse bajo ninguna circunstancia. Cuando a juicio del Ayuntamiento, sea posible la construcción de un edificio en patios o baldíos al interior de un inmueble patrimonial, la altura del mismo se limitará a la establecida para el Centro Histórico en el Artículo 28”.
“También viola el artículo 28 fracción 4 al separar la edificación nueva solo 1.50 mts. con respecto al monumento histórico cuando el reglamento dice claramente que “la separación entre el paramento de la edificación patrimonial y el de la edificación nueva sea mínimo de 3.00 mts.“
“La licencia por otra parte trata de ocultar la autorización de una construcción de tres niveles al mencionar en la licencia la autorización solo de la planta baja (1 nivel), 1er nivel (2 niveles) y 2º nivel (3 niveles), lo cual en términos reales como se aprecia en los planos autorizados da como resultado un edificio de tres niveles, siendo que el reglamento y los criterios que se venían aplicando solo permiten dos niveles”.
martes, abril 26, 2011
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