A la comunidad poblana
A la opinión pública nacional e internacional
A los medios de comunicación
Las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos abajo firmantes hacemos del conocimiento público nuestra postura respecto a las atribuciones que la XXV Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) asume en materia de seguridad pública; dado a conocer por medio de un comunicado de dicha institución el pasado 24 de junio del presenta año.
De inicio es importante destacar que las fuerzas armadas tienen como objetivo principal: salvaguardar la seguridad y la defensa nacional, se caracterizan por organizarse como ejércitos profesionales entrenados para dicho fin, es decir, se entrenan permanentemente para entrar en combate. De igual manera, el empleo por parte del Estado de fuerzas militares siempre va encaminado para alcanzar objetivos de carácter político.
El Ejecutivo Federal en nuestro país desde hace tres años ha venido recurriendo de manera más frecuente de efectivos militares en casos políticos que se enmarcan en la llamada inseguridad pública; la cual por cierto, es atribuida por la corrupción que se promueve en las propias instancias gubernamentales. Así por ejemplo: la toma de los penales federales en enero del 2005, de igual manera tenemos el caso Atenco, APPO en Oaxaca, las constantes incursiones en comunidades indígenas de Chiapas, y la muerte de civiles a manos de militares en diferentes estados del país, son algunos casos.
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 129 menciona: "En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar…", en este sentido, la preocupación de que el ejercito este cumpliendo funciones de instancias civiles es por la trayectoria de excesos que ha cometido en contra de la población ya que "… los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda." (Artículo 13 de la Constitución). Más aún, cuando la reforma judicial recién aprobada, mejor conocida como Ley Gestapo, en su artículo 21 puntualiza: "La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. (…) La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.
Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional." Por lo que resulta oprobioso para los derechos humanos el Código de Justicia Militar, que en su artículo 57, fracción II inciso a, establece que deben ser investigados en el fuero militar aquellos delitos del orden común o federal "Que fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo".
La inicitiva del ejército, encabezao por su comandante en jefe Felipe Calderon, de extender su ámbito de competencia en seguridad pública a delitos tanto del orden común y federal, por medio del anonimato, no es más que promover el ya deteriorado tejido social.
Ahora, el ejercito trata de cumplir indebidamente tareas de la policía civil, lo cual garantiza impunidad por cada acto delictivo que cometan, ya que no serán juzgados en tribunales civiles, sino en tribunales militares. A su vez, se enmarca en una campaña de criminalización que el Estado mexicano lleva en contra de la movimiento social democrático y en contra de los defensores de derechos humanos.
La Historia ha demostrado que cuando las instancias gubernamentales dejan de cumplir las aspiraciones de la población y utilizan la represión como diálogo, la población se organiza para crear sus propias instancias gubernamentales que le permitan garantizar la satisfacción de sus demandas, derecho estipulado en el Artículo 39 de la Constitución que a la letra dice: "La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo, y se instituye para su beneficio. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno."
Por lo anterior, nos pronunciamos:
1. En contra de que el ejército cumpla tareas que le corresponden a instancias civiles.
2. Que el gobernador del estado, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, así como la comisión de derechos humanos del Congreso del Estado hagan público su rechazo ante las atribuciones que el ejército se ha tomado en materia de seguridad pública.
3. No a la militarización del país.
4. No a la criminalización de la protesta social y de los defensores de derechos humanos.
Finalmente hacemos un exhorto a los militares a reflexionar su actuar, a que antepongan su calidad como seres humanos, a no volverse cómplices generadores de la violencia institucionalizada; de igual manera, convocamos a los intelectuales, catedráticos, personas progresistas, y organizaciones sociales, populares y de defensa de los derechos humanos a estar atentos al desenvolvimiento de los acontecimientos para brindar apoyo a las victimas que ven violentados sus derechos humanos por parte del Estado mexicano.
Atentamente
Israel Sampedro Morales por la Red de Defensa de los Derechos Humanos
Fernando Cuellar Muñoz por el Centro de Derechos Humanos "Joel Arriaga Navarro"
Brahim Zamora por la Red Democracia y Sexualidad
A la opinión pública nacional e internacional
A los medios de comunicación
Las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos abajo firmantes hacemos del conocimiento público nuestra postura respecto a las atribuciones que la XXV Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) asume en materia de seguridad pública; dado a conocer por medio de un comunicado de dicha institución el pasado 24 de junio del presenta año.
De inicio es importante destacar que las fuerzas armadas tienen como objetivo principal: salvaguardar la seguridad y la defensa nacional, se caracterizan por organizarse como ejércitos profesionales entrenados para dicho fin, es decir, se entrenan permanentemente para entrar en combate. De igual manera, el empleo por parte del Estado de fuerzas militares siempre va encaminado para alcanzar objetivos de carácter político.
El Ejecutivo Federal en nuestro país desde hace tres años ha venido recurriendo de manera más frecuente de efectivos militares en casos políticos que se enmarcan en la llamada inseguridad pública; la cual por cierto, es atribuida por la corrupción que se promueve en las propias instancias gubernamentales. Así por ejemplo: la toma de los penales federales en enero del 2005, de igual manera tenemos el caso Atenco, APPO en Oaxaca, las constantes incursiones en comunidades indígenas de Chiapas, y la muerte de civiles a manos de militares en diferentes estados del país, son algunos casos.
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 129 menciona: "En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar…", en este sentido, la preocupación de que el ejercito este cumpliendo funciones de instancias civiles es por la trayectoria de excesos que ha cometido en contra de la población ya que "… los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda." (Artículo 13 de la Constitución). Más aún, cuando la reforma judicial recién aprobada, mejor conocida como Ley Gestapo, en su artículo 21 puntualiza: "La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. (…) La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.
Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional." Por lo que resulta oprobioso para los derechos humanos el Código de Justicia Militar, que en su artículo 57, fracción II inciso a, establece que deben ser investigados en el fuero militar aquellos delitos del orden común o federal "Que fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo".
La inicitiva del ejército, encabezao por su comandante en jefe Felipe Calderon, de extender su ámbito de competencia en seguridad pública a delitos tanto del orden común y federal, por medio del anonimato, no es más que promover el ya deteriorado tejido social.
Ahora, el ejercito trata de cumplir indebidamente tareas de la policía civil, lo cual garantiza impunidad por cada acto delictivo que cometan, ya que no serán juzgados en tribunales civiles, sino en tribunales militares. A su vez, se enmarca en una campaña de criminalización que el Estado mexicano lleva en contra de la movimiento social democrático y en contra de los defensores de derechos humanos.
La Historia ha demostrado que cuando las instancias gubernamentales dejan de cumplir las aspiraciones de la población y utilizan la represión como diálogo, la población se organiza para crear sus propias instancias gubernamentales que le permitan garantizar la satisfacción de sus demandas, derecho estipulado en el Artículo 39 de la Constitución que a la letra dice: "La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo, y se instituye para su beneficio. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno."
Por lo anterior, nos pronunciamos:
1. En contra de que el ejército cumpla tareas que le corresponden a instancias civiles.
2. Que el gobernador del estado, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, así como la comisión de derechos humanos del Congreso del Estado hagan público su rechazo ante las atribuciones que el ejército se ha tomado en materia de seguridad pública.
3. No a la militarización del país.
4. No a la criminalización de la protesta social y de los defensores de derechos humanos.
Finalmente hacemos un exhorto a los militares a reflexionar su actuar, a que antepongan su calidad como seres humanos, a no volverse cómplices generadores de la violencia institucionalizada; de igual manera, convocamos a los intelectuales, catedráticos, personas progresistas, y organizaciones sociales, populares y de defensa de los derechos humanos a estar atentos al desenvolvimiento de los acontecimientos para brindar apoyo a las victimas que ven violentados sus derechos humanos por parte del Estado mexicano.
Atentamente
Israel Sampedro Morales por la Red de Defensa de los Derechos Humanos
Fernando Cuellar Muñoz por el Centro de Derechos Humanos "Joel Arriaga Navarro"
Brahim Zamora por la Red Democracia y Sexualidad
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