viernes, octubre 20, 2006

Ley de Acceso a la información tiene carencias

Angeles Mariscal

La Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental recién aprobada en Chiapas tiene tantas carencias que se ubica como la penúltima en calidad, en todo el país, consideró la jurista Perla Gómez Gallardo, coordinadora del área de litigio de Libertad de Información-México (LIMAC).
Durante un foto organizado en esta ciudad, Gómez Gallardo hizo un análisis pormenorizado de cada uno de los 67 artículos y ocho apartados transitorios de la ley aprobada el miércoles 11 de la semana pasada en el Congreso del Estado, reseñó que Oaxaca en septiembre pasado y con Chiapas en este mes, se rompió la regla que las leyes últimas son mejores que las primeras.
La jurista experta en tópicos de libertad de prensa, de expresión y de información, expuso que es que paradójico que los tres estados con más pobreza y marginación en todo el país, tengan las peores leyes como los son Guerrero, Oaxaca y Chiapas.
Gómez Gallardo, quien es la abogada defensora del periodista Miguel Ángel Granados y del Canal 11, ante una demanda penal por difamación que interpuso contra ellos, Regino Díaz Redondo indicó que para empezar está ley de Chiapas está “mal redactada” y que quienes la elaboraron dejaron un rompecabezas con las piezas dispersas en el tablero jurídico, pues le falto sistematización y congruencia, pues son evidentes muchas contradicciones.
“Existe lo que en el ámbito jurídico le conocemos como, antinomias, es decir por una serie de contradicciones, donde por un artículo reconoce derecho y en otro los desconoce”, dijo Gómez Gallardo.
Señaló que la ley chiapaneca es regresiva en muchos aspectos pues, para poder tener acceso a la información pública se exige como requisito una identificación oficial y hasta huella digital en muchos casos cuando no sepa firmar el ciudadano, cuando ha quedado expuesto ya que ha nadie se le debe exigir eso por sirve como efecto inhibitorio por parte del servidor público ante el peticionario.
Dijo que a nadie se le debe pedir sus datos si es preciso, pues la información pública debe ser pública sin requisitos que provoquen un temor ante una posible represalia por el uso de la información.
Agregó que en el caso federal así es, incluso ante una negativa de algún servidor público federal, hay resoluciones que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) ha fallado favor del solicitante que se identifica hasta como Micky Mouse y nada más, prevale el respeto al derecho de la libertad de información sobre la identidad del solicitante.
Insistió: “En los estados más pobres, los gobiernos terminan imponiendo más obstáculos al acceso a la información pública”.
Criticó la integración del Instituto de Acceso al Información Pública, pero más que ello que éste será un “apéndice más del poder ejecutivo” y que eso le resta autonomía e independencia, por ende los chiapanecos no tienen garantías de que su derecho sea respetado.
Parla Gómez, abogada con la medalla Alfonso Caso de la UNAM, señaló que de lo destacable es que el apartado que habla sobre la información que será considerada como confidencial es que alcanza un rango de 8, en una calificación del 1 al 10., por lo bien redactada y clara, no así en el aparatado que habla de la información que será pública de oficio.
Indicó que ese apartado se encuentra muy acotado y perjudica el derecho de los chiapanecos a acceder a la información pública, pues por ejemplo, dice que deben ser públicos los directorios de los servidores públicos, “desde mandos medios o sus equivalentes, hasta los niveles jerárquicos superiores”, cuando es sabido que en muchos casos la corrupción se da en los niveles más bajos donde se registran los “aviadores” o bien se inventan personal burocrático fantasma, que solo cobran y no existen físicamente en el área.
En Este apartado se habla de que será pública de oficio la información sobre la remuneración mensual por empleo, cargo o comisión, pero omite los bonos, prestaciones y otros pagos que se hacen los servidores públicos como gastos de celular, asesores o viáticos.
Por estas y otras cuestiones es que la ubicó en el lugar número 29 de las leyes de acceso a la información pública que hay en México, las dos primeras son Chihuahua y Campeche, la última es la de Veracruz.
Por más de una hora, Perla Gómez desnudó literalmente, los candados, errores, contradicciones, lagunas y retrocesos jurídicos de la ley chiapaneca en materia de acceso a la información pública, por lo que urgió a las organizaciones sociales que se coordine para exigir a los 40 diputados locales y al próximo gobernador de Chiapas, reformas a la ley de transparencia y acceso a la información pública, pues de lo contrario ese derecho solo será efectivo en el discurso pero no en las hechos.

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