martes, marzo 11, 2008

¿Cuál es el delito de Lucía Morett?

Quito - Ecuador
INREDH/CEDHU
Quito, 10 de marzo de 2008
La Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU) y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH, ante la situación por la que atraviesa la ciudadana mexicana Andrea Lucía Morett Álvarez, expresan lo siguiente:
1. A través de una serie de informaciones, incluida un comunicado oficial de la Universidad Autónoma de México (UNAM), se tiene la certeza de que Andrea Morett terminó sus estudios en esta universidad y prepara su tesis de grado; además coordina la cátedra de "Estudios Bolivarianos", lo que le llevó a realizar una investigación sobre los movimientos sociales en América Latina.
2. Andrea Morett, junto a cuatro compatriotas mexicanos de la misma universidad, llegó al campamento de Raúl Reyes horas antes del bombardeo, para realizar una serie de entrevistas que le permitan consolidar sus investigaciones sobre la dinámica social latinoamericana.
3. Como investigadora social, le asiste el legítimo derecho de buscar fuentes de información para fundamentar su trabajo, así también lo han hecho otros grupos de estudiantes que visitaron el campamento de Raúl Reyes, como el grupo de estudiantes chilenos que abandonaron el campamento tres días antes del bombardeo.
4. Andrea Morett ingresó al Ecuador de forma legal, con una visa otorgada en la Embajada de Ecuador en México.
5. No existen indicios de que Andrea Morett sea integrante de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), tampoco de que haya estado portando armas en territorio nacional, ni que haya cometido delito alguno en el país.
6. Según datos de prensa, el campamento bombardeado constituía un centro de encuentro para negociaciones políticas. El mismo día del bombardeo, y sin saber de esta acción militar, una delegación francesa se encaminaba al lugar para negociar la liberación de Ingrid Betancourt.
7. La serie de informaciones circuladas en los medios de comunicación respondieron en su momento a los intereses políticos de dos actores en conflicto, lo que desvirtuaron la verdadera identidad y actividad de Andrea Morett, cuya única responsabilidad en estos hechos es el haber estado en un lugar y en un momento inoportuno.
8. Por las razones expresadas, CEDHU e INREDH consideran que no existe razón alguna para iniciar un proceso judicial en su contra, así como tampoco existen razones para proceder a su deportación o extradición a otro país. Creemos que existen razones suficientes como para temer por la integridad física de Andrea Morett si se accede a cualquier pedido del gobierno colombiano para llevarla a su territorio. Por esta razón, CEDHU e INREDH exhortan al gobierno del Ecuador y al Sistema Judicial a no iniciar proceso alguno en su contra y facilitar el traslado de Andrea Morett a un país de su elección.
9. Finalmente, CEDHU e INREDH llama la atención al gobierno nacional sobre las condiciones de incomunicación que se la ha impuesto a Andrea Morett y le comunican que asumen oficialmente la vigilancia sobre su situación jurídica y, de ser el caso, asumirán su defensa.
Hna. Elsie Monge CEDHU
Luis Ángel Saavedra INREDH

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