lunes, julio 12, 2010

Desde Los Altos

Fredy López Arévalo

La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Chiapas revocó un acuerdo del Cabildo Municipal de San Cristóbal de Las Casas mediante el cual se cambió de manera ilegal el tipo de uso de suelo en una superficie de 14 302777 hectáreas propiedad de Elmar Harald Setzer Pedrero, por tratarse de una zona de amortiguamiento de la reserva ecológica Huitepec. El junior Elmar Harald Setzer Pedrero quiso aprovechar la solicitud de donación de una pequeña franja de su propiedad para ampliar el boulevard de San Cristóbal de Las Casas a San Juan Chamula para modificar el tipo de uso de suelo de toda su propiedad de H0 a HI, lo que equivalía cambiar la densidad de población de 0-25 habitantes por hectárea a 25-150 habitantes por hectárea. Según el dictamen técnico de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Chiapas eso equivaldría a soportar un nivel de población elevado, generando un crecimiento territorial no viable para esa zona, en virtud de que se encuentra cerca de una reserva ecológica que en un futuro podría ser afectada. El resolutivo SI/SDUyOT/DDU/072/02526, del 3 de junio de 2010, fue emitido por la Dirección de Ordenamiento Territorial de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Chiapas contra el dictamen positivo que realizó el arquitecto Romeo Vargas Macosay, director de Planeación y Desarrollo Urbano municipal, quien encontró “factible el otorgamiento del CAMBIO DE USO Y DESTINO DEL SUELO H0 rural muy baja con una Densidad de 0 a 25 habitantes por hectárea a H1 habitacional de baja densidad (de 25 a 150 habitantes por hectárea), y que el terreno en cuestión era “apto para el desarrollo de proyectos de fraccionamientos habitacionales de primera y/o campestres que resuelvan el desorden urbano característico de los asentamientos humanos irregulares”. Las autoridades estatales actuaron luego de que vecinos del Fraccionamiento San Francisco, aledaño a la propiedad de Elmar Harald Setzer Pedrero, hicieron la denuncia correspondiente, y algún medios de comunicación denunciaron el hecho. El resolutivo de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Chiapas es un duro golpe a las felonías cometidas por el presidente municipal priísta Mariano Alberto Díaz Ochoa y su cuerpo edilicio, que en tan solo dos años y medio cometieron tantas arbitrariedades como les fue posible. Espero que con este revés el alcalde priísta Mariano Alberto Díaz Ochoa y su síndico Leobardo de Jesús Cancino Bermúdez entiendan que la sociedad y los medios de comunicación están más vigilantes y menos dispuestos a consentir este tipo de abusos de poder y de atentados en contra del medio ambiente. La felonía del alcalde y sus regidores, de todos los partidos políticos, consta en el acta de la SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 24 DE NOVIEMBRE DE 2009, precisamente la que fue revocada por el dictamen de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Chiapas, quien además hace una advertencia: “Por lo antes expuesto y fundado y para efectos de llevar a cabo un control ordenado de los asentamientos urbanos en la jurisdicción que usted preside, se exhorta a dar cumplimiento en todo momento la aplicación de estas disposiciones jurídicas, a fin de que no se permita el crecimiento desordenado de los fraccionamientos habitacionales y en su caso evitar incurrir en las sanciones a que haya lugar, de acuerdo a lo que disponen los artículos 56 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 136 de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estadio y los municipios de Chiapas; 337 y 338 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas; 317 y 318 del Código Penal para el Estado de Chiapas. El firmante, Jorge Cuauhtémoc Ordaz Gordillo, no omite manifestar que el servidor público que participe deliberadamente y con pleno conocimiento en la comisión del delito señalado en el artículo 317 del Código Penal del Estado de Chiapas, expidiendo licencias, permisos o autorizaciones sin haber cumplido con los requisitos legales o sin tener facultades legales para ello, se le aplicarán las penas señaladas en dicho artículo, además de la destitución e inhabilitación hasta por un término igual a la pena impuesta para ejercer cualquier cargo, empleo o comisión públicos.

Reproduzco el Acta de Cabildo, para que quede constancia:



En uso de la Palabra, la C. Secretaria da lectura al Dictamen que emite la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano y Obras Públicas, mismo que dice: ‘En atención al oficio número DPDU/0433/2009 de fecha 25 veinticinco de mayo de 2009, firmado por el Arq. José Romeo Vargas Macosay, Director de Planeación y Desarrollo Urbano, donde el C. Arq. ELMAR HARALD SETZER, solicita el cambio de uso de suelo H0 a H1; del predio ubicado en Quinta San Francisco, ubicado al Poniente de esta ciudad, con una superficie de 14 302777 has. con las siguientes medidas y colindancias: al Norte con carretera San Juan Chamula Km. 3.5, al Sur con Reserva Ecológica, propiedad del solicitante, al Oriente con vecinos con propiedad privada, y al Poniente con Fraccionamiento San Francisco y en cumplimiento a lo establecido en el capítulo 6, artículo 45, párrafo V y capítulo 8, artículo 47, párrafo II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, en los términos de los artículos 74, 75 y 79 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, esta Comisión tiene a bien resolver lo siguiente: CONSIDERANDO: 1.Que es obligación de la autoridad municipal el proveer a la ciudadanía de los medios que permitan el desarrollo social. 2.Que la Comisión de Planeación y Desarrollo Urbano, acudió al terreno y se observa que cuenta con acceso vehicular pavimentado sobre la carretera estatal San Cristóbal de Las Casas San Juan Chamula. 3. Que cuenta con servicios de energía eléctrica de alta tención, agua potable y drenaje. 4. Que este terreno es apto para el desarrollo de proyectos de fraccionamientos habitacionales de primera y/o campestres que resuelvan el desorden urbano característico de los asentamientos humanos irregulares. 5. Esta Comisión tiene a bien poner a consideración del Cabildo el siguiente: D I C T A M E N: ÚNICO: Esta Comisión después del análisis considera que es factible el otorgamiento del CAMBIO DE USO Y DESTINO DEL SUELO H0 rural muy baja con una Densidad de 0 a 25 habitantes por hectárea a H1 habitacional de baja densidad (de 25 a 150 habitantes por hectárea), del predio ubicado en Quinta San Francisco ubicado al Poniente de esta ciudad con una superficie de 302777 Has.’ En uso de la palabra, el C. Regidor Carlos Octavio Burguete Camacho manifestó que este asunto aún está siendo analizado por los integrantes de la Comisión de Planeación Desarrollo Urbano y Obras, ya que se debe considerar que los interesados, otorguen al gobierno del estado a través de la SEMAVI un área que debe considerarse como Reserva Ecológica; por lo que, sugiere que antes de entrar a la discusión de este documento, primeramente se visite el lugar para tomar una determinación. En uso de la palabra, el C. Regidor Enoc Hernández Cruz comentó que no es necesario aprobar el cambio de uso de suelo de toda el área, ya que únicamente se necesita delimitar la franja que se requiere para el Boulevard; por lo que, considera necesario platicar con los propietarios para que donen al Ayuntamiento esa área. En uso de la palabra, el C. Regidor Carlos Octavio Burguete Camacho expresó que se adhiere a lo planteado por el Regidor Hernández Cruz, ya que únicamente se necesita una franja para el Boulevard. En uso de la palabra, el C. Regidor Gustavo Enrique Poo Ramírez manifestó que efectivamente le necesidad de vivienda es muy importante, ya que se trata de un bien común; sin embargo no hay que olvidar que la zona que se ésta solicitando cambiar el uso de suelo, se encuentra considerada como Reserva Ecológica. Por tal razón solicita que de aprobarse el cambio, se limite la Zona del Huitepec, es decir que éste quede como está decretado. En uso de la palabra, el C. Regidor Carlos Octavio Burguete Camacho expresó que el cambio de uso de suelo se puede dar de manera condicionada, con las siguientes observaciones: los interesados presenten el proyecto a realizar en un período no mayor a 15 seis meses, para que éste sea evaluado y avalado por el Cabildo en Pleno; determinar compromisos para que los interesados otorguen en donación al Ayuntamiento un área que será considerada como Reserva Ecológica, sin que pueda dársele otro uso; y por último la propuesta del Regidor Poo Ramírez, que la Zona del Huitepec no sea parte de la superficie que se verá afectada con el cambio de uso de suelo. En uso de la palabra, el C. Regidor Ulises Eliseo Córdova Ochoa manifestó que uno de los reclamos más sentidos de la ciudadanía, ha sido el de contar con vivienda, por ello considera importante dar el cambio de uso de suelo que se pide, ya que estamos hablando de un bien social y común. En uso de la palabra, el C. Presidente Municipal propuso que se cite a los interesados, para que en reunión de trabajo den a conocer al Cabildo en pleno, el proyecto que se pretende realizar en los terrenos antes mencionados, para que éste tenga el visto bueno de la autoridad. Este H. Ayuntamiento, por mayoría de votos, se adhiere al presente dictamen, con las observaciones vertidas por los Regidores antes mencionados, y ordena a la Secretaría Municipal, emita copia certificada del presente Acuerdo y lo remita a la Dirección de Planeación y Desarrollo Urbano y a los interesados, para los efectos que correspondan. Se hace constar que el voto en contra, corresponde al del Regidor Enoc Hernández Cruz, quien razona su voto, en virtud de que considera que de acuerdo a lo que establece la Carta Urbana, no procede otorgar dicho cambio de uso de suelo.




No hay comentarios.: