Ángeles Mariscal
Tuxtla Gutiérrez, Chis., 08 de enero. La llamada “ley antiaborto”, que reconoce al ser humano “desde el momento de la concepción”, entró en vigor en Chiapas a partir de este día, en que se dio a conocer su publicación en el Periódico Oficial. Grupos de mujeres habían pedido al gobernador Juan Sabines vetara la citada ley, por considerar que viola el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo.
Este día se dio a conocer en el Periódico Oficial 205 de fecha del 18 de diciembre, el Decreto 027 que adiciona un párrafo al artículo 4º en la Constitución local. El mismo señala que el “El Estado reconoce, protege y tutela el derecho a la vida que todo ser humano tiene, desde el momento de la concepción”.
Añade que a partir de ese instante “entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectivos legales correspondientes, hasta su muerte natural, salvo las excepciones que establezca la legislación penal”.
Establece que este decreto entra vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado.
El Periódico Oficial también contiene las reformas al Código Penal para el Estado de Chiapas, que en su artículo 70 señala que a la mujer que voluntariamente consienta que se le practique un aborto, se someterá a un “tratamiento médico integral” que duraría unos dos años.
El artículo 179 del mismo código señala que “a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, enfermeras y demás personas que intervengan en la práctica del aborto, con consentimiento de la pasivo o la induzcan a otorgarlo, se les impondrá una sanción de 1 a 3 años de prisión.
El artículo 180 añade que si la mujer que se somete al aborto es menor de edad, la pena a quien le ayude en la práctica del aborto será de 3 a 6 años de cárcel, y si el legrado se realiza “mediante violencia física o moral”, la pena de cárcel se incrementará hasta los 8 años.
Cabe señalar que el Periódico Oficial 205 tiene fecha del 18 de diciembre, y fue ese día en que el Congreso local aprobó las reformas ahí contenidas. El Periódico Oficial 205 no hizo público sino hasta este día, cuando se puso a la venta.
Según la reglamentación para que entren en vigor las reformas, a partir de la fecha de publicación existe un periodo de 30 días para que grupos ciudadanos u organizaciones puedan impugnar la nueva ley.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., 08 de enero. La llamada “ley antiaborto”, que reconoce al ser humano “desde el momento de la concepción”, entró en vigor en Chiapas a partir de este día, en que se dio a conocer su publicación en el Periódico Oficial. Grupos de mujeres habían pedido al gobernador Juan Sabines vetara la citada ley, por considerar que viola el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo.
Este día se dio a conocer en el Periódico Oficial 205 de fecha del 18 de diciembre, el Decreto 027 que adiciona un párrafo al artículo 4º en la Constitución local. El mismo señala que el “El Estado reconoce, protege y tutela el derecho a la vida que todo ser humano tiene, desde el momento de la concepción”.
Añade que a partir de ese instante “entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectivos legales correspondientes, hasta su muerte natural, salvo las excepciones que establezca la legislación penal”.
Establece que este decreto entra vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado.
El Periódico Oficial también contiene las reformas al Código Penal para el Estado de Chiapas, que en su artículo 70 señala que a la mujer que voluntariamente consienta que se le practique un aborto, se someterá a un “tratamiento médico integral” que duraría unos dos años.
El artículo 179 del mismo código señala que “a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, enfermeras y demás personas que intervengan en la práctica del aborto, con consentimiento de la pasivo o la induzcan a otorgarlo, se les impondrá una sanción de 1 a 3 años de prisión.
El artículo 180 añade que si la mujer que se somete al aborto es menor de edad, la pena a quien le ayude en la práctica del aborto será de 3 a 6 años de cárcel, y si el legrado se realiza “mediante violencia física o moral”, la pena de cárcel se incrementará hasta los 8 años.
Cabe señalar que el Periódico Oficial 205 tiene fecha del 18 de diciembre, y fue ese día en que el Congreso local aprobó las reformas ahí contenidas. El Periódico Oficial 205 no hizo público sino hasta este día, cuando se puso a la venta.
Según la reglamentación para que entren en vigor las reformas, a partir de la fecha de publicación existe un periodo de 30 días para que grupos ciudadanos u organizaciones puedan impugnar la nueva ley.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario