miércoles, octubre 17, 2007

¿MAS LIBERTAD RELIGIOSA?

+ Felipe Arizmendi Esquivel
Obispo de San Cristóbal de Las Casas


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Mons. Dominique Mamberti, Secretario de la Santa Sede para las Relaciones con los Estados, con ocasión del XV Aniversario del Restablecimiento de las Relaciones Diplomáticas entre el Estado Mexicano y la Santa Sede, auguró “nuevos caminos de mejora continua del marco jurídico actual, con vistas a una plena garantía del derecho a la libertad religiosa de todos los ciudadanos, superando limitaciones y equívocos que se perciben en las normas vigentes”. Dijo: “El derecho humano a la libertad religiosa no es un derecho que proteja exclusivamente a los católicos, sino una dimensión esencial y radical de todo ser humano por el mero hecho de ser persona”.

Carlos Monsiváis, con su característica ironía y mordacidad, calificó de “necias, torpes y repetitivas” estas peticiones. Le parece que ya hay suficiente libertad religiosa y que se debe estar atento a las pretensiones políticas del clero.

Arturo Farela, presidente de la llamada Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas (Confraternice), calificó de “exacerbado el deseo de la cúpula de religiosos de la Iglesia de Roma por tomar cada vez más poder político, lo cual es un descaro y ofensa a la propia historia reciente de México”. Agregó: “Son obvios y, por tanto, cínicos sus anhelos, pues pretenden utilizar la estructura de su Iglesia y la misma religión para propósitos electorales deliberadamente tendientes al poder”.

¡Cuánta cerrazón para comprender lo que se pide! Cuando se logre lo que en justicia exigimos, también protestantes y ateos saldrán beneficiados. Ojalá lo reconozcan.

JUZGAR
El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, de la ONU, suscrita por nuestro país, establece: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión, o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, por la práctica, el culto y la observancia”.

En México, los ministros de culto, católicos y protestantes, no tenemos esta libertad, pues se nos prohíbe hablar en contra de las leyes del país y contra partidos y candidatos, aunque lo hagamos para defender, por ejemplo, el derecho a la vida, que es un derecho prioritario. Las autoridades civiles no pueden participar con carácter oficial en actos de culto. Las asociaciones religiosas, de cualquier credo, no podemos manifestar libremente nuestra creencia en los medios electrónicos, pues la ley no permite tener propios.

En circunstancias diferentes a nuestro tiempo, la Iglesia, católica y protestante, unida al poder civil, impuso en algunos lugares una sola religión y castigó a los disidentes. Hoy no es así, como declara el Concilio Vaticano II: “Todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de personas individuales como de grupos sociales y de cualquier poder humano, de modo que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie actuar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella, en privado y en público, solo o asociado con otros” (DH, 2).

Esto es lo que pedimos para todos. En Chiapas promovemos que no haya intolerancia religiosa, ni de católicos contra protestantes, ni de éstos contra aquéllos. Aceptamos la laicidad, no el laicismo, pues éste quiere borrar todo lo que huela a religión.

ACTUAR
Obispos y sacerdotes no anhelamos ser gobernadores, diputados, senadores o presidentes. No somos una fuerza política, insaciable y ambiciosa de poder. No pretendemos imponer un Estado confesional, ni formar o apoyar un partido político. ¡Nada de eso!

Comparen nuestra legislación con las de otros países, y verán que estamos rezagados. Hubo avance con los cambios de 1992, en comparación con 1917, pero falta camino por recorrer.

Como dijo el Sr. Nuncio Cristophe Pierre, “confío en que podamos seguir construyendo, paso a paso, puentes de diálogo y colaboración que den por resultado el pleno respeto a la dignidad de toda persona humana y la garantía de sus derechos en materia religiosa”.

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