sábado, julio 07, 2007











En la Mira

Los muros de las casas de La Trinitaria se han convertido en los últimos días en los principales medios de propaganda para los aspirantes a la alcaldía y diputación por el distrito VI.
Por donde se vea, las paredes de las viviendas muestran los nombres de los candidatos y partidos que los impulsan a varios personajes para la alcaldía.
Pero desde ayer, la propaganda del ex edil Eutiquio Velasco García empezó a ser removida, más bien, gente desconocida empezó a romperla, porque en las últimas horas, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) le negó el registro al también ex diputado local.
Así muchos de los carteles que se pegaron con su fotografía fueron rotas por algunos de sus correligionarios, y mientras en una esquina donde se realizó una pinta con su propaganda, alguien agregó: “No cumplió”.
De esta forma, el domingo sólo irán a la contienda, Mario Aguilar Guillén, Diego Gordillo y Paulo César Ortiz Alvarado.

Actividades

Mientras en Comitán, las casas de precampaña de los precandidato el ex diputado Víctor Hugo Ruiz Guillén y Rafael Morales Serrano, eran hervideros a unas horas del proceso de elección.
Al medio día del viernes Ruiz Guillén concedió una entrevista a comunicado Paco Ruiz Vera, donde habló de la necesidad de contar con una mejor ciudad para los próximos años y expuso que en caso de ganar la elección del siete de octubre quiere trabajar por el bienestar de los habitantes del municipio.
Mientras que el empresario Morales Serrano coordinó algunas acciones en su centro de operaciones y detalló los pasos a seguir para el próximo domingo.
Así, la carrera por la sucesión para la alcaldía dio inicio formalmente con el proceso del domingo cuando el PRI elija a su candidato.

Confianza

En la casa de precampaña de Ruiz Guillén había ánimo, pero algunos creían que sobraba el proceso de elección del domingo, porque el ex diputado se colocó como puntero en la encuesta que realizó la empresa “Parametría”.
Pero en general, los seguidores de Ruiz Guillén estaban animados y confiaban tener buenos resultados a favor del ex dirigente estudiantil de la Escuela Preparatoria.
Mientras que en el centro de operaciones del empresario Morales Serrano había también serenidad y gente de su equipo de trabajo tenían esperanzas de que el domingo se levantaría con el triunfo.

Rebeldía

Y a unas horas de la elección interna del PRI, miembros de Fuerza Democrática, de la fracción que encabeza los hermanos Constantino Kanter estaban en su dicho de no participar en la jornada y por lo mismo llamaban a los priistas a no acudir a las urnas por considerar que la convocatoria que se emitió para elegir candidatos fue ilegal.

Resoluciones

Por cierto con la resolución que emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF), por los recursos que interpusieron el filósofo Marco Antonio Constantino Kanter y el ingeniero Ricardo Ibarra Gómez, cerraron toda posibilidad para que uno de estos participara en la elección del domingo.

Marco Antonio

En el juicio para la protección de los derechos políticos electorales de Marco Antonio Constantino Kanter, con expediente SUP-JDC-673/2007, el TEPJF determinó:
PRIMERO. Se sobresee el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por MARCO ANTONIO CONSTANTINO KANTER en contra del "Acuerdo de la Comisión Estatal de Procesos Internos del Estado de Chiapas, por el que se hace del conocimiento público los elementos metodológicos y datos técnicos de los estudios de opinión pública a que se refiere la base octava del apartado "A" correspondiente a la fase previa de la convocatoria emitida para la elección de diputados locales y miembros de ayuntamientos expedida por el Comité Directivo Estatal el día 17 de mayo de 2007", en los términos de lo señalado en el considerando tercero de esta sentencia.SEGUNDO. Se confirman, en la materia de la impugnación, las encuestas efectuadas con motivo del proceso de selección interno, llevado a cabo por el Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Chiapas, a efecto de elegir a los candidatos que postulará a diversos cargos de elección popular, entre otros, para Diputado de Mayoría Relativa por el Distrito sexto, con cabecera Municipal en Comitán de Domínguez; así como la publicación de los resultados del referido método de opinión pública.NOTIFÍQUESE, personalmente, al actor, en el domicilio señalado en autos, por oficio, a la responsable, con copia certificada de la presente sentencia y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con apoyo en lo que disponen los artículos 26, párrafo 3, 27, 28 y 84, apartado 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.En su oportunidad, devuélvase la documentación correspondiente y remítase el expediente de mérito al archivo jurisdiccional como asunto total y definitivamente concluido.Así lo resolvieron por UNANIMIDAD de votos, los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en ausencia de la Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, ante la Secretaria General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.

Ibarra Gómez

Mientras que en el juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ingeniero Ricardo Ibarra Gómez, bajo el expediente SUP-JDC-671/2007, el TEPJF, determinó:
PRIMERO. Se sobresee el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Ricardo Ibarra Gómez en contra del "Acuerdo de la Comisión Estatal de Procesos Internos del Estado de Chiapas, por el que se hace del conocimiento público los elementos metodológicos y datos técnicos de los estudios de opinión pública a que se refiere la base octava del apartado "A" correspondiente a la fase previa de la convocatoria emitida para la elección de diputados locales y miembros de ayuntamientos expedida por el Comité Directivo Estatal el día 17 de mayo de 2007".SEGUNDO. Se confirman, en la materia de la impugnación, las encuestas efectuadas con motivo del proceso de selección interno, llevado a cabo por el Partido Revolucionario Institucional, en el Estado de Chiapas, a efecto de elegir a los candidatos que postulará a diversos cargos de elección popular, entre otros, para Presidente Municipal en Comitán de Domínguez; así como la publicación de los resultados del referido método de opinión pública.NOTIFÍQUESE, personalmente, al actor, en el domicilio señalado en autos, por oficio, a la responsable, con copia certificada de la presente sentencia y, por estrados, a los demás interesados. Lo anterior con apoyo en lo que disponen los artículos 26, párrafo 3, 27, 28 y 84, apartado 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.En su oportunidad, devuélvase la documentación correspondiente y remítase el expediente de mérito al archivo jurisdiccional como asunto total y definitivamente concluido.Así lo resolvieron por unanimidad de votos, los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en ausencia de la Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, ante la Secretaria General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.


¡Hasta la próxima!


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