viernes, agosto 18, 2006

Certidumbre Electoral

CERTIDUMBRE ELECTORAL

-Órganos Electorales Autónomos a Prueba de Votos

-Primeros pasos: compromiso con la democracia

Paloma Monserrath Martínez


A escasas 24 horas de celebrarse las elecciones más reñidas de la historia política electoral de Chiapas, los ciudadanos deseamos que esta jornada sea transparente, libre y sin violencia, además de que el voto sea respetado; que los resultados que favorezcan a cualquiera de los tres aspirantes a la Gubernatura de Chiapas se haga valer ante el Pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado. Por ello, debemos confiar en los órganos electorales autónomos encargados de realizar, vigilar y sancionar al Proceso Electoral que iniciara el pasado 15 de enero y que concluye con la entrega de constancia de mayoría al candidato vencedor.

En Chiapas, como en ningún otro estado de la república mexicana se sienta el precedente jurídico y que dicho sea de paso, se aporta a las demás entidades del país, al crearse en el año 2004 dos organismos electorales autónomos; La Fiscalía Electoral del Estado y la Contraloría de la Legalidad Electoral, organismos que fortalecen los trabajos electorales que ya desarrollan por su parte, el Instituto Estatal Electoral y el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas.

De ahí que cobra importancia, que todos los chiapanecos conozcan a la institución encargada de investigar los delitos que cometen quienes no respetan el sufragio ni la función electoral de la entidad, o quienes condicionan el beneficio de programas sociales para beneficiar a candidato o coalición alguna a cambio de emitir sus sufragio a favor de éste. Luego de que el desconocimiento de las normas jurídicas y procedimientos legales por parte de la sociedad puede llevar a incurrirlos en delitos electorales, aún sin saberlo.

La Fiscalía Electoral del Estado, FIE; es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que en su carácter de Ministerio Público, es responsable de la prevención, investigación y persecución de los delitos en materia electoral, contenidos en la legislación penal del estado. Se dice que es una institución de buena fe porque cuenta con los principios de certeza, legalidad, seguridad, independencia, veracidad y objetividad en el desarrollo de los procesos electorales que a partir de esta elección serán aplicados. Y buscan que todo ciudadano, autoridad, partido político o candidato que actúe en dichos comicios, respete el marco legal aplicable; o de reciba la sanción correspondiente.

Por lo tanto, esta autonomía le permite trascender más allá de los intereses políticos y desempeñar su función de manera imparcial y en beneficio de los chiapanecos, ya que cuenta con absoluta independencia de los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo. Razón por lo cual, la sociedad debe confiar en el trabajo que desempeñen los Fiscales Electorales Regionales, bajo el mando del Fiscal Electoral del Estado, Julio Cesar Fernández Hernández, quien hasta ahora ha demostrado un trabajo imparcial y ajeno a los distintos grupos políticos y partidistas de la entidad, sin permitir que la actividad jurídica electoral se politice o se pinte de colores. Esto habla de su compromiso con la democracia y de la prueba a la que este órgano a su cargo, esta sometido para lograr la credibilidad y trascendencia en la sociedad chiapaneca.

Sin embargo, ¿Qué son los delitos electorales? Son los actos, conductas u omisiones que son sancionados por la ley en materia penal electoral. ¿Quiénes pueden cometer delitos electorales? Los Funcionarios Partidistas, Los Ministros de Culto Religioso, Cualquier Persona, Los Candidatos, Los servidores Públicos, Los Funcionarios Electorales y los Organizadores de Actos de Campaña. Todos ellos, pueden incurrir en delito electoral el día de mañana durante la jornada electoral.

Tanto los ciudadanos, los funcionarios electorales, los servidores públicos, los ministros de culto religioso, los dirigentes partidistas y los candidatos pueden cometer los siguientes delitos electorales; obstruir el desarrollo normal de la votación sin mediar causa justificada, alterar los resultados electorales, sustraer o destruir boletas, documentos o materiales electorales. No entregar o impedir la entrega oportuna de boletas, documentos o materiales electorales sin mediar causa justificada y que en ejercicio de sus funciones por medio de la violencia física o moral impuesta a los electores los induzcan a abstenerse a votar, a favor o en contra de determinado candidato, partido político o coalición, en el interior de la casilla o en el lugar donde los electores se encuentren formados,

A quienes a través de la violencia física o moral instale, abra o cierre, impida la instalación de las casillas antes o fuera de los tiempos previstos por el marco jurídico legal, o coarte los derechos de los votantes, también cometen delito electoral y de acuerdo a la separata del Código Penal Vigente del Estado de Chiapas, son sancionados con prisión de seis meses a tres años y multa de veinte a ciento veinte días de salario mínimo.

Respecto a los servidores públicos la sanción va de uno a nueve años de prisión y multa de cuarenta a cuatrocientos días de salario mínimo, siempre y cuando el día de la elección obligue a sus subordinados de manera expresa haciendo uso de su autoridad o jerarquía a abstenerse o emitir su voto, a favor o en contra de un partido político o candidato, así que los cazadores de mapaches deberán estar atentos y poner atención a esta disposición jurídica mencionada.

Quienes propalen de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados, cometen delitos electorales, por lo que aquí deben tener cuidado las empresas de conteo rápido y las televisivas, antes de emitir sus tendencias electorales al cierre de la votación.

Ahora bien, de la Contraloría de la Legalidad Electoral se dice que es el órgano responsable de velar por el respeto a la ley, la imparcialidad de los poderes públicos, así como la transparencia del financiamiento de los partidos políticos y los gastos de precampaña y campañas políticas . Es un organismo colegiado a diferencia de la Fiscalía Electoral del Estado, con patrimonio propio y autonomía para actuar, y tiene como actividad principal la investigación a petición de los interesados, claro, de las violaciones a la ley. Por lo que, tanto partidos políticos como sus candidatos están obligados a acatar sus requerimientos por ministerio de ley.

Con estas descripciones podemos decir, que si existe certidumbre jurídica de parte de los nuevos órganos electorales creados en Chiapas para dar certeza y confianza a esta jornada electoral importante que los chiapanecos habremos de celebrar como una fiesta cívica mañana 20 de agosto. Además de que ambos estarán a prueba de los votos de la población que se espera participe de manera copiosa a partir de las ocho de la mañana.

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